(Ilustração: Nodal) |
No último dia 9, a comissão deu um primeiro passo e decidiu elaborar uma lista de pessoas lidadas ao tema para que participem da discussão das propostas.
Num dos artigos se reconhece a comunicação como “um serviço público de interesse social e um direito da população e um dever do Estado prestar tal serviço”.
No caso do anteprojeto da Lei de Radiodifusão Comunitária, o objetivo principal é o reconhecimento legal dos meios comunitários.
Matéria do portal Nodal – Notícias da América Latina e Caribe, de 23/12/2013
La Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales tiene en su seno dos anteproyectos de ley que prometen regular a los medios de comunicación públicos y radiodifusión comunitaria: la Ley de Medios Públicos y la Ley de Radiodifusión Comunitaria.
La primera propuesta fue presentada por la Secretaría de Comunicación de la Presidencia de la República y la segunda, por la Asociación de Radios y Programas Participativos de El Salvador (Arpas).
El anteproyecto de Ley de Radiodifusión Comunitaria fue presentado el 24 de julio y, el 18 de septiembre, el Ejecutivo envió su propuesta de una Ley de Medios Públicos. Por ahora, los diputados de la Comisión de Legislación no han iniciado con la discusión de ambos anteproyectos.
El pasado lunes 9 de diciembre, la Comisión dio un primer paso y acordó elaborar un listado de personas relacionadas con los temas para que acudan a la Comisión y expliquen sus propuestas.
El anteproyecto de Ley de Medios contiene 45 artículos y la Ley de Radiodifusión Comunitaria 20 artículos.
Fomentar temas sociales y el interés social
La Ley de Medios Públicos tiene como objetivo crear normativas y políticas para “la correcta presentación del servicio público de comunicación”.
Este anteproyecto habla de fomentar desde los medios públicos una cultura de respeto al medio ambiente, equidad de género, integración centroamericana, protección de menores y adolescentes, derechos a personas con discapacidad, entre otros.
En el artículo 3 de la propuesta se reconoce a la comunicación como “un servicio público de interés social y un derecho de la población y un deber del Estado prestarlo…”
El artículo 106 de la Constitución de la República autoriza expropiaciones en caso de haber un interés social. “La expropiación procederá por causa de utilidad pública o de interés social, legalmente comprobados, y previa una justa indemnización”, reza la Carta Magna. Sin embargo, algunos comunicadores y legisladores aseguran que la propuesta no estimula a la expropiación.
Mientras en el anteproyecto de Ley de Radiodifusión Comunitaria, el objetivo principal es el reconocimiento legal de medios comunitarios.
La propuesta surge tras el informe del “apagón analógico” que daría paso a la digitalización televisiva y radial en los próximos años. Por ahora se reconoce como sectores radiofónicos al sector comercial y público estatal, según Leonel Herrera, director de Arpas.
De acuerdo con Herrera, el anteproyecto se compone por aspectos como la reserva del espectro radioeléctrico, la creación de un mecanismo para la asignación de las concesiones y que la subasta pública deje de ser el único mecanismo que la Ley de Telecomunicaciones establezca para asignar las frecuencias del espectro radial. La propuesta busca, según Arpas, que los medios comunitarios se ubiquen como el tercer sector de la radiodifusión. Pero la normativa tiene opositores por la imposibilidad de generar más espacios radiofónicos.
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